AVIANCA PRESENTA DEMANDA DE ILEGALIDAD DEL CESE DE ACTIVIDADES DE LOS
PILOTOS DE ACDAC
Existen vicios de
procedimiento que no pueden ser desconocidos.
El país debe
recuperar rápidamente la prestación del servicio aéreo.

Las razones
presentadas por la compañía parten de la Ley 336 de 1996 que en sus artículos 5
y 68 establece claramente que el transporte aéreo es un servicio público
esencial, que incide directa e indirectamente en la dinámica social y económica
del país, siendo la huelga un acto de incumplimiento que da prelación al
interés particular sobre el interés general.