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martes, 21 de mayo de 2024

 ¿QUÉ SUCEDE CON LA INFORMACIÓN DE LOS USUARIOS EN CASO DE QUE SU EPS CIERRE?

·         El cierre de una EPS puede generar incertidumbre y preocupación entre los usuarios, quienes no saben a qué entidad serán trasladados o cómo accederán a su información clínica.

·         Según la RESOLUCIÓN 1995 DE 1999 ARTÍCULO 13.- CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA, recae sobre la IPS la responsabilidad de resguardar y proteger la historia clínica de los pacientes. Sin embargo, la transferencia de información entre las entidades prestadoras de salud no siempre es fluida, lo que puede generar pérdida de datos.

·         LEY 2015 DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA HISTORIA CLÍNICA INTEROPERABLE, esta ley regula la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE) y como se intercambian los datos clínicos relevantes, tales como documentos y expedientes clínicos.

·         La Resolución 866 de 2021 establece un marco para la interoperabilidad de la información en el sistema de salud, constituyendo un pilar fundamental para avanzar hacia un sistema más integrado y eficiente. 

  En las últimas semanas, se ha observado un aumento en la preocupación por la situación de las EPS en la población colombiana, especialmente en lo que respecta al impacto que el cierre de una de estas entidades podría causar en la información de los usuarios y la continuidad de su atención médica, generando incertidumbre al no saber a dónde serán trasladados o cómo accederán a sus datos clínicos.