miércoles, 26 de abril de 2023

  HÉROES DE CUATRO PATAS 26 DE ABRIL DÍA DEL PERRO GUÍA

·      No acariciar a los perros guía es la principal recomendación de los usuarios ciegos porque están trabajando, se pueden distraer y causar accidentes.

·      Los perros guía han demostrado, a nivel mundial, ser la mejor opción de autonomía, seguridad y compañía para una persona con discapacidad visual

Un perro guía o perro lazarillo, como se les conoce comúnmente, es un canino adiestrado con un único fin, el de guiar a las personas ciegas o con baja visión en la movilidad. Por esta razón y para exaltar esta crucial labor, el Instituto Nacional para Ciegos –INCI reconoce en su día, celebrado el último miércoles del mes de abril, la importancia que representan estas ayudas vivas para las personas con discapacidad visual, al ser su apoyo para realizar los desplazamientos, mejorando la autonomía y movilidad de la persona ciega o con baja visión.

Así mismo es importante destacar que:

·      Los perros guía no son mascotas.

·      Para que un canino sea reconocido como perro guía debe tener certificado de entrenamiento, un proceso complejo donde la madurez y experiencia de la unidad funcional (perro-adiestrador) aportan un componente fundamental en el éxito de este.

·      El perro guía que está certificado debe portar un arnés especial. Por su parte, el usuario debe hacer uso de un carné que lo acredite como portador de un perro lazarillo.

·      El perro guía siempre debe estar junto a la persona ciega, es por esto que en viajes no utiliza guacal y en hoteles deberá dormir en la misma habitación de su usuario.

Respecto a esto, Carlos Parra Dussan, director del INCI afirma que: “en Colombia existen normas que permiten el ingreso de los perros guías a los establecimientos públicos y privados, así como a los servicios de transporte público, como son el Decreto 1660 de 2003 del Ministerio de Transporte y las leyes 1346 de 2009 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Ley Estatutaria 1618 de 2013, Ley 1752 de 2015 y la Ley 1801 de 2016 del Código Nacional de Policía”.

Las razas autorizadas para prestar el servicio de perro lazarillo o perro guía son: Labrador, Golden Retriever y Pastor Alemán. Asimismo, es importante subrayar que no todas las personas ciegas o con baja visión pueden convertirse en usuarias de un perro guía. 

Para esto se debe contar con unas exigencias mínimas que son:

·       Ser mayor de edad.

·       Quien lo solicita debe tener la capacidad de moverse de forma autónoma con bastón y un buen nivel de orientación.

·       Es necesario que posea una aptitud psico-física suficiente para manejar un perro, atenderlo y responsabilizarse de su cuidado.

·       El usuario deberá contar con una situación económica solvente que le permita hacerse cargo de los gastos derivados de la tenencia del perro, estudio que se realizará en los procesos y la documentación requerida, en este caso por la Fundación Colombiana para el Perro Guía Vishnú del Cypres, entidad autorizada para entrenar y suministrar a las personas con discapacidad los perros guía en Colombia.

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