SU CAJA DE COMPENSACIÓN LE PUEDE ENTREGAR $1.950.000 SI SE QUEDA SIN EMPLEO
·
El Subsidio de Desempleo de Compensar incluye un aporte económico de 1.5
SMMLV a los cesantes que en su última vinculación fueron categoría A o B.
· En el primer trimestre de 2024 la tasa de desempleo se ubicó en 11,9 %, representando un leve incremento del 0,2 % con respecto al mismo periodo del año anterior.
Por tal motivo, las Cajas de
Compensación Familiar (CCF) ofrecen ayudas pensadas en alivianar las
necesidades de la población cesante, como el caso de Compensar. Este apoyo
económico asciende a 1,5 SMMLV y se desembolsa directamente a la cuenta del
beneficiario y en cuatro cuotas: el primer pago es del 40%, es decir, $780.000;
el segundo de 30%, que se traduce en $585.000; el tercer pago del 20%, o sea,
$390.000; y el cuarto y último giro por un valor de $195.000, es decir, el 10%
restante.
"Nadie está exento de
quedar cesante, así que este aporte es un colchón financiero de fácil acceso,
que busca alivianar las obligaciones del hogar, pero, desafortunadamente, no
muchas personas lo conocen. Invitamos a quienes han quedado cesantes y en su
última vinculación estuvieron afiliados a Compensar en la categoría A o B, a
solicitarlo de forma 100% virtual mediante el portal transaccional de Compensar”,
explicó Michel González, especialista de Mercadeo y Subsidio de Compensar.
Asimismo, este auxilio otorga un
aporte a salud y pensión que se calcula con base en un salario mínimo mensual
legal vigente, durante un periodo de seis meses permitiendo que el trabajador
no deba preocuparse por el pago de la seguridad social. De igual manera, quienes
sean beneficiarios del Subsidio de Desempleo, reciben también un acompañamiento
y asesoría por parte de la Agencia de Empleo y Fomento
Empresarial de Compensar, para mejorar sus habilidades a la hora de
presentar una entrevista y ajustar su hoja de vida.
¿Cuáles son los requisitos?
·
Estar en situación de desempleo, es decir sin
ingresos mensuales.
·
No estar afiliado como cotizante a una
EPS o Caja de Compensación Familiar.
·
Haber realizado aportes continuos o discontinuos
a cualquier Caja de Compensación Familiar durante los últimos tres (3) años,
así:
a)
Trabajadores dependientes: un año (360 días)
continuos o discontinuos.
b)
Trabajadores independientes (aportes del 2%):
dos años (720 días) continuos o discontinuos.
·
Haber estado afiliado a la Caja de Compensación
Compensar en su último empleo.
· Estar inscrito en la Agencia de Empleo y Fomento Empresarial de Compensar.
El solicitante debe completar el
formulario en la página web: https://corporativo.compensar.com/subsidio/subsidio-de-desempleo
. Posteriormente, la Caja de Compensación le enviará al
correo especificado la confirmación y la carta que lo hace acreedor del
subsidio, la cual debe llevar a la EPS para hacer efectiva la afiliación, junto
con la planilla una vez haya realizado el aporte de salud y pensión.
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