El reconocimiento de la
factura electrónica como título valor REVOLUCIONARÁ LOS MEDIOS DE financiación EN
COLOMBIA
La factura electrónica como título
valor y la obligatoriedad en el uso de la factura electrónica, permitirá que
las empresas colombianas puedan acceder con mayor facilidad a mecanismos de
financiación, facilitando la liquidez y el flujo de caja.
Con la
publicación, el pasado 22 de agosto, del Decreto 1349 del Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo que reglamenta la condición de la factura
electrónica como “título valor”, el Gobierno establece un nuevo mecanismo de
financiación para las empresas colombianas, que permitirá mejorar su
competitividad y aumentar la productividad del tejido empresarial del país.
La nueva
normativa supone, además, un impulso definitivo a la obligatoriedad de uso de
la factura electrónica en Colombia. Así, tras su entrada en vigor -el próximo
mes de noviembre-, la Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá
establecer la obligación de facturar electrónicamente y, por tanto, seleccionar
a los contribuyentes obligados a facturar bajo el nuevo modelo de facturación.
De acuerdo con Alberto
Redondo, Director de la Unidad de Marketing y Comunicación de
SERES, “La factura electrónica no sólo permite a las
empresas mejorar la eficiencia en su relación con sus socios comerciales, sino
que genera importantes ahorros derivados de la automatización de los procesos y
la eliminación del uso de papel, franqueo, etc., fomentando la aparición de un
nuevo mercado de financiación”.
Según Redondo, “el nuevo decreto del Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo junto con la obligatoriedad de la factura electrónica
impulsada por la DIAN establece un antes y un después en la gestión completa de
la factura desde el punto de vista de la tramitación y el cobro, lo que facilitará
mayor liquidez y una gestión del flujo de caja más eficiente de las empresas
colombianas”.
La norma tiene
como objetivo, también, agilizar la negociación de las facturas electrónicas y
hacerla más transparente, estableciendo la creación de un registro de facturas
electrónicas que sean consideradas como título valor, que estará regido por el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Adicionalmente, la creación de
dicho registro, que empezará a funcionar en 12 meses, aportará una mayor trazabilidad y seguridad a las transacciones
comerciales, puesto que las empresas podrán conocer el estado de las facturas
desde la emisión hasta la cancelación.
Para Alberto
Redondo, “el nuevo decreto hace
equivalentes la factura electrónica y la factura en papel en lo que a
financiación se refiere. La factura electrónica no es nueva en Colombia, sino
que se lleva usando desde hace años y a lo largo de este tiempo la comunidad de
empresarios ha pedido que se equipare a la factura en papel de manera que se
pudiera acceder a mercados de financiación”.
¿Cómo financiarse a través a de la factura electrónica?
El Decreto 1349
establece un mecanismo por el cual aquellas empresas que quieran registrar sus
facturas electrónicas como título valor deberán poner a disposición de la
empresa adquiriente la factura y recibir su aceptación (se considera aceptada
siempre se acepte por medios electrónicos o no sea reclamada por contenido
erróneo dentro de 3 días hábiles desde su recepción). Una vez aceptada la
factura electrónica, el emisor de la misma podrá remitirla como título valor al
registro de facturas electrónicas. Con el registro de la misma, se otorgará a
la factura electrónica como título valor el derecho de circulación y, por
consiguiente, capacidad de negociación.
De esta manera,
se permitirá la negociación de la factura electrónica como título valor de
forma directa, o bien a través de sistemas de negociación electrónica, lo que
dará a las empresas colombianas un margen para
negociar y vender las facturas a tasas de descuento más competitivas, lo que se
traducirá en un aumento de liquidez.
“Este nuevo proceso para registrar las
facturas electrónicas como título valor –añade Redondo–es complejo, ya que hay que conectarse con la DIAN para emitirla, con
el receptor para buscar la aceptación, con el Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo para registrarla como
título valor y con los sistemas de negociación electrónica para la negociarla.
Toda esta complejidad se soluciona apoyándose en un proveedor global de factura
electrónica con experiencia”.
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