UBER CELEBRA NUEVAS ALTERNATIVAS DE MOVILIDAD PARA LOS CIUDADANOS
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Un
grupo de Senadores y Representantes participaron en la redacción del Proyecto
de Ley que crea una nueva categoría conocida como Servicio Privado de
Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas.
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La
radicación del Proyecto estuvo acompañada por representantes de los usuarios,
socios conductores, Uber y representantes de otras aplicaciones.
A las 3 de la tarde,
frente al Capitolio Nacional, usuarios, socios conductores, representantes de
Uber y de otras aplicaciones como Tripda y Fuímonos, que también promueven la
movilidad compartida, se reunieron para acompañar la radicación del proyecto de
ley que crea la categoría de Servicio Privado de Transporte Mediante
Plataformas Tecnológicas.
Luego de la intervención
de los autores y del ponente del proyecto, Michael Shoemaker, Gerente General
de Uber para Centro y Sur América sostuvo:
“La tecnología está
cambiando vidas en todo el mundo. Da acceso a educación de calidad sin que el
alumno esté presente físicamente. Acerca los médicos a sus pacientes superando
la barrera de la distancia. Y conecta a personas que eligen viajar juntas
compartiendo un mismo vehículo y obteniendo un beneficio mutuo”.
Por eso, en Uber
respaldamos el acuerdo de reglas sobre el rol que deben tener estas tecnologías
en la movilidad urbana y en la mejora de la calidad de vida de los colombianos.
Junto con los usuarios y socios conductores, celebramos la iniciativa de los
parlamentarios autores de la nueva categoría de Servicio Privado de Transporte
Mediante Plataformas Tecnológicas, porque confirma la vocación de las
instituciones públicas por defender el derecho de los colombianos a la libre
movilidad y a la libre elección de la forma en que quieren desplazarse por su
ciudad.
“Agradecemos emocionados
a los miles de usuarios, socios conductores y ciudadanos del común que nos han
apoyado incondicionalmente durante estos dos años. Llegamos aquí gracias a
ustedes y reiteramos nuestra promesa de seguir siendo agentes positivos de
cambio para los colombianos”, agrega.
Proyecto
de Ley - “Por la cual se crea la modalidad de Servicio Privado de Transporte
Mediante Plataformas Tecnológicas y se dictan otras disposiciones”
Propósito:
Crear una nueva categoría de transporte: Servicio Privado de Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas para satisfacer necesidades de movilización y transporte de personas o cosas.
Propósito:
Crear una nueva categoría de transporte: Servicio Privado de Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas para satisfacer necesidades de movilización y transporte de personas o cosas.
Cómo
se presta el Servicio Privado de Transporte
El Servicio Privado de
Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas:
no está sujeto a rutas ni
horarios;
el usuario fija el lugar
o el sitio de recogida y destino;
la programación o
solicitud de servicio, pago y facturación se debe realizar mediante aplicaciones
para dispositivos móviles.
Creación de Empresas de
Redes de Transporte (ERT):
Será prestado mediante
una Empresa de Redes de Transporte (ERT), las cuales deben estar registradas
ante el Ministerio de Transporte. Las ERT operan una plataforma tecnológica
propia o de un tercero.
Las ERT tendrán como
actividad permanente:
opera
y/o administra una plataforma tecnológica, propia o de terceros, que permita el
control, programación, solicitud del servicio, control de operación e
intermediación del pago;
verificación
de la idoneidad de los conductores (chequeos de antecedentes);
verificación
de las condiciones de los vehículos;
verificación
de los seguros contractuales y extracontractuales.
Prestador del Servicio
Privado de Transporte:
El prestador del servicio
debe ser una persona jurídica o natural autorizadas por el Ministerio de
Transporte y registrada ante una Empresa de Red de Transporte (ERT).
Se crea una Licencia de
Operación emitida por el Ministerio de Transporte, autorizando a un vehículo
automotor a operar como prestador del Servicio Privado de Transporte Mediante
Plataformas Tecnológicas.
Los prestadores del
Servicio Privado de Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas deberán tomar
por cuenta propia los seguros contractuales y extracontractuales, con una
compañía de seguros autorizada para operar en Colombia.
Los vehículos del
servicio público individual de pasajeros en la modalidad de lujo y servicio
especial, podrán registrarse en las ERT y prestar el Servicio Privado de
Transporte Mediante Plataformas Tecnológicas.
Control
del Servicio Privado de Transporte:
La inspección, vigilancia
y control de las ERT y del Servicio Privado de Transporte Mediante Plataformas
Tecnológicas la hará la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Las tarifas serán
establecidas por la ERT y su estructura tarifaria (variables de tiempo y
distancia) será reportada a la Superintendencia de Puertos y Transporte.
No habrá un límite a la
cantidad de vehículos prestadores del Servicio Privado de Transporte Mediante
Plataformas Tecnológicas. El número de vehículos estará definido por el poder
de elección de las personas.
Las ERT no podrán cobrar
cupos a los prestadores del Servicio Privado de Transporte Mediante Plataformas
Tecnológicas.
Creación
del Fondo de Infraestructura y Movilidad:
El Fondo será
administrado por el Ministerio de Transporte para financiar y apoyar proyectos
prioritarios de infraestructura y movilidad e iniciativas para el mejoramiento
de la calidad de vida de los conductores del servicio de transporte individual
de pasajeros.
Las ERT aportarán
anualmente a este Fondo el 0.5% del valor de los viajes intermediados durante
el periodo de la vigencia respectiva.
El valor de las licencias
de operación también estará destinado al Fondo.
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