MATRICULE SU CARRO EN BOGOTÁ: DISTRITO ANUNCIA MEDIDAS PARA EQUILIBRAR LA MOVILIDAD EN LA CIUDAD
El alcalde Galán explicó que durante los últimos años se ha evidenciado una disminución sostenida en la matrícula de vehículos nuevos en Bogotá.
El Distrito implementará dos medidas orientadas a incentivar el registro vehicular en Bogotá y mejorar la movilidad
La Alcaldía Mayor de Bogotá anunció dos nuevas medidas de gestión del tráfico dirigidas exclusivamente a los vehículos particulares matriculados fuera de la ciudad. Estas acciones buscan reducir la congestión y equilibrar las cargas negativas de circulación, además reconocer el aporte fiscal de quienes registran sus vehículos en la capital.
El
alcalde Mayor, Carlos Fernando Galán, explicó que durante los últimos años se
ha evidenciado una disminución sostenida en la matrícula de vehículos nuevos en
Bogotá. “Mientras el parque automotor que circula por la ciudad sigue
aumentando cada año, el número de vehículos matriculados en la ciudad
disminuye”, señaló.
Esta
tendencia, afirmó el mandatario, ha generado un impacto fiscal significativo.
“Calculamos que, desde 2012, Bogotá ha
dejado de recibir alrededor de 1,1 billones de pesos por concepto del impuesto
vehicular, correspondientes a automotores registrados en otros departamentos
pero que circulan habitualmente en la ciudad”, agregó.
Como
resultado de este análisis, el Distrito implementará dos medidas orientadas a
incentivar el registro vehicular en Bogotá y mejorar la movilidad:
1.
Ajuste al pago del Pico y Placa Solidario para vehículos matriculados fuera de
Bogotá (medida principal)
A
partir de enero de 2026, los vehículos registrados fuera de Bogotá deberán
pagar un valor diferencial más alto para acceder al beneficio del Pico y Placa
Solidario.
Esto
implica que los vehículos matriculados en Bogotá pagarán aproximadamente un 50
% menos que los vehículos registrados en otros departamentos para acceder al
permiso diario, mensual o semestral.
Los
recursos del Pico y Placa Solidario seguirán destinados al Fondo de
Estabilización Tarifaria (FET), que permite mantener la tarifa del transporte
público en niveles más accesibles para la ciudadanía.
2.
Los vehículos no matriculados en Bogotá tendrán pico y placa dos sábados al mes
(medida complementaria)
Esta
medida se implementará en el primer semestre de 2026, los vehículos
particulares matriculados fuera de Bogotá tendrán restricción de circulación
dos sábados al mes bajo la modalidad de “un sábado sí, un sábado no”, en el
horario habitual.
Permitirá
mejorar entre un 3 % y 5 % la velocidad en los principales corredores viales,
reducir siniestros y favorecer alternativas más sostenibles como el transporte
público, la bicicleta y los viajes compartidos.
“Con
estas medidas promovemos un sentido de corresponsabilidad con Bogotá,
incentivando decisiones más conscientes sobre el uso y la matrícula de los
vehículos, de modo que se contribuya directamente al desarrollo y
sostenibilidad de la movilidad y la ciudad”, señaló la Secretaria de Movilidad,
Claudia Díaz.
Contexto
de la medida
Actualmente,
3 de cada 10 vehículos que circulan por Bogotá están matriculados fuera de la
ciudad, pese a que generan aproximadamente el 30 % de las externalidades
negativas del tráfico: congestión, siniestralidad vial y emisiones
contaminantes.
Los
estudios de la Secretaría Distrital de
Movilidad (SDM) muestran, además, que los sábados se presenta una
congestión más prolongada y concentrada debido a viajes por recreación, compras
y actividades familiares.
Excepciones
de la medida
Todas
las excepciones contempladas en el Decreto 003 de 2023 y que se mencionan a
continuación:
1.
Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
2.
Caravana presidencial.
3.
Vehículo de servicio diplomático o consular.
4.
Carrozas fúnebres.
5.
Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
6.
Vehículos de emergencia.
7.
Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de
discapacidad.
8.
Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
9.
Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
10.
Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
11.
Motocicletas.
12.
Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que
tengan medidas de protección, durante el tiempo señalado por dicha Unidad.
13.
Vehículos de medios de comunicación.
14.
Vehículos de autoridades judiciales.
15.
Vehículos de transporte escolar.
16.
Vehículos particulares tipo automóvil, campero y camioneta, destinados a la
enseñanza automovilística, que se encuentren registrados ante el Registro Único
Nacional de Tránsito - RUINT.
17.
Los vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina)
y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
18.
Los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el
Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular ("Pico y Placa
Solidario").
No hay comentarios:
Publicar un comentario