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lunes, 15 de enero de 2024

 31 DE ENERO DE 2024: FECHA LÍMITE PARA EL PAGO DE LOS INTERESES A LAS CESANTÍAS 

     Los intereses a las cesantías son una prestación que equivale a un 12% de las cesantías y deben ser consignadas directamente al trabajador.

     Únicamente los trabajadores con modalidad de salario integral están exentos de recibir esta prestación social, las personas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios no tienen derecho a este pago. 

Con el comienzo de un nuevo año llegan también responsabilidades financieras que deben asumir las empresas con sus colaboradores, se trata de los intereses a las cesantías, una prestación social que equivale a un 12% del valor de las cesantías.

Según comenta, Ricardo Aguirre, asociado de Godoy Córdoba, los intereses a las cesantías deben pagarse directamente al empleado un mes posterior a la liquidación de las cesantías, es decir, para realizar el pago de esta prestación al empleador tendrá plazo hasta el 31 de enero de cada año. Para calcular el monto a cancelar las empresas deben multiplicar el valor de las cesantías de cada trabajador por los días laborados y luego por el 0,12%, posteriormente, deberán dividir el resultado de esta operación en los días trabajados en el año a liquidar. De esta manera, se obtiene el 12% anual de los intereses que se generaron sobre las cesantías.